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Esta es la práctica que muchos hacemos en la playa y por la que nos pueden poner una multa de hasta 60.000 euros

El verano está a punto de comenzar y eso significa la llegada de las ansiadas vacaciones para muchos. La playa es uno de los "spots" preferidos de los españoles en esta época del año, ya que pueden disfrutar del buen tiempo y la temperatura del mar les invita a bañarse o incluso a divertirse con diferentes actividades acuáticas. Las piscinas es otro de los lugares donde aumenta la afluencia en verano, sobre todo si no se tiene cerca una playa. A pesar de la popularidad de ambos sitios con la llegada del calor, la gran mayoría desconoce que hay algunas actividades que si se realizan pueden conllevar multas de hasta 60.000 euros o incluso 300.000. Así lo aseguran desde Legálitas.

Llevarse moluscos, conchas, arena...

Muchos cuando vamos a la playa nos gusta llevarnos de recuerdo conchas o piedras, pero este pequeño gesto no es legal. La Ley de Costas en España prohíbe la extracción de cualquier elemento del dominio público marítimo-terrestre y llevarla a cabo puede conllevar una sanción de hasta los 60.000 euros según el valor del daño. Esto se debe a que coger estos elementos puede afectar negativamente al ecosistema de la playa, ya que las conchas y la arena sirven como refugio y hábitat para diversos organismos y previenen la erosión.

Eventos y celebraciones: multas de hasta 300.000 euros

El uso de las playas es libre, público y gratuito para actividades comunes como pasear, bañarse navegar, embarcar y desembarcar, entre otros, tal y como establece la Ley 22/1998, de 28 de julio, de Costas. Por tanto, si se quiere celebrar un evento familiar y pequeño como una fiesta de cumpleaños, no será necesario solicitar ningún tipo de autorización.

Sin embargo, la Ley de Costas establece que la utilización de la playa sin la debida autorización puede sancionarse con una multa de 20 euros por metro cuadrado y día. Y si se desobedece la orden de cesar la actividad, la sanción podría elevarse hasta los 120 euros.

También pueden existir ordenanzas municipales que marquen una serie de límites legales para el buen uso de este espacio público. En Baleares, su Ley de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades, sanciona con multas de entre 30.000 y 300.000 euros la realización de actividades recreativas que se lleven a cabo en dominio público sin autorización.

La normativa de Benicàssim (Castellón de la Plana), por ejemplo, establece que no se puede acceder a las playas con envases de vidrio, cocinar en ellas o realizar fuego directamente en la arena, a excepción de la noche de San Juan. En Motril (Granada) se prohíbe que se utilicen dispositivos que emitan ruidos que, por su intensidad o persistencia, generen molestias a los usuarios de la playa o vecinos colindantes, tales como radios, instrumentos musicales o altavoces.

Juegos con pelota, vóley o palas

Las normativas específicas de las piscinas pueden prohibir o limitar los juegos con pelota, palas u otros por la seguridad de los usuarios y con el objetivo de evitar daños en las instalaciones.

En las playas hay municipios que prohíben directamente los juegos, como en Cádiz, donde solo pueden realizarse en zonas especialmente habilitadas para ello; o en Benidorm (Alicante) y Chipiona (Cádiz) también prohíben los juegos de pelota, paletas u otros ejercicios en las zonas de baño.

¿Puedo ir con mi perro a la playa?

El acceso de animales domésticos está prohibido en la mayoría de las playas con excepción de los perros lazarillos, guías o los utilizados para actividades autorizadas, como las de salvamento. En algunas playas la prohibición es todo el año como en Cádiz; y en otras, durante la temporada de baños, como en las de San Sebastián y Chipiona. En municipios como Santoña se limita el horario en el que se permite durante la época de baños, pudiendo acceder fuera del horario de 08:00 a las 21:00 horas. Las multas por infringir esta norma pueden ascender hasta los 3.000 euros.

Venta ambulante

Muchas playas prohíben la venta ambulante y, en otras como Chipiona se podrá autorizar uno de estos puestos por cada 200 metros lineales y el adjudicatario de la licencia no podrá ejercer la actividad comercial de forma estática. De vender sin ningún tipo de licencia, la multa puede alcanzar los 1.500 euros.

Bañarse vestido o hacer topless

Bañarse vestido en una piscina no está prohibido y hacer topless es legal, siempre y cuando no haya normas específicas que lo especifiquen. No obstante, la discriminación por motivos religiosos o culturales sí que está prohibida.

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