Indecopi multa a Arcor con más de S/40.000 por publicidad engañosa en los empaques de sus productos que exageraban con relleno
La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi impuso a Arcor de Perú S.A. una multa de 7.62 UIT por publicidad engañosa (S/40.767) tras comprobar que los empaques de sus productos Mini Panetón Bon o Bon Relleno y Panetón Bon o Bon Relleno inducía a error a los consumidores.
Según la Resolución N.° 131-2025/CCD-INDECOPI, obtenida por Pasión por el Derecho, los envoltorios mostraban imágenes con abundante relleno cremoso que no correspondía con la realidad del producto, configurando actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, previsto en el artículo 8 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
PUEDES VER: Indecopi multa con más de S/25.000 a cevichería por servir un pedazo de vidrio en un chilcano
¿Cuándo inició la investigación contra Arcor por su panetón?
La investigación se originó en diciembre de 2024, luego de que en TikTok circularan videos en los que compradores denunciaban la escasa cantidad de crema de maní en los panetones. Posteriormente, la Secretaría Técnica de Indecopi adquirió y examinó los productos, confirmando la diferencia entre la publicidad y el contenido real.
En consecuencia, Indecopi sancionó a la empresa con:
- 5.84 UIT por el Mini Panetón Bon o Bon Relleno
- 1.78 UIT por el Panetón Bon o Bon Relleno
Además, ordenó su inscripción en el Registro de Infractores. La resolución es de primera instancia administrativa, por lo que Arcor aún puede apelar ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal de Indecopi.
Los descargos de Arcor ante Indecopi respecto al panetón con relleno
Arcor de Perú, en sus descargos ante Indecopi, rechazó haber engañado a los consumidores con los empaques de sus panetones Bon o Bon relleno y Mini Bon o Bon relleno. La empresa alegó que nunca existió intención de inducir a error, sino de resaltar el atributo diferenciador del producto: la presencia de pasta de maní con relleno.
La compañía sostuvo que las imágenes mostradas en los empaques no debían tomarse de manera literal, pues se trataban de una "exageración publicitaria" utilizada para destacar el ingrediente, que de otro modo pasaría desapercibido. Incluso recordó que desde diciembre de 2024 incorporó la advertencia "Imagen referencial" para precisar que podían existir variaciones en forma, color o proporciones respecto al producto real.
Asimismo, remarcó que los consumidores habrían tenido pocas posibilidades de verse confundidos, ya que de más de 92 mil unidades vendidas, apenas se presentó un reclamo relacionado con el relleno, cifra que representaría el 0.0011% de las ventas. Dicho caso, aseguró, fue solucionado con la reposición del producto y cerrado en enero de este año.