El Supremo ordena la ejecución de la sentencia que condenó a García Ortiz
El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado la ejecución de la sentencia que condenó a Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación para ejercer el cargo de fiscal general del Estado, al que ya renunció tras anunciarse el fallo. La Sala le apremia a cumplir con el resto de penas que se le impusieron por revelación de secretos por la difusión de datos reservados del empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
García Ortiz, que tiene diez días de plazo para recurrir esta resolución, tiene que pagar 7.200 euros de multa, otros diez mil euros por daños morales a González Amador y las costas procesales, incluidas las de la acusación particular (aunque limitadas las restantes a la mitad, solo por el delito por el que fue condenado).
García Ortiz puede acudir al Tribunal Constitucional en amparo y solicitar la suspensión cautelar de la ejecución de la sentencia por supuesta vulneración de derechos fundamentales, pero antes debe agotar la vía jurisdiccional y plantear ante el Tribunal Supremo un incidente de nulidad, que una vez resuelto le daría vía libre para recurrir en amparo.
La sentencia del Supremo
El alto tribunal condenó a García Ortiz -con dos votos en contra- al llegar a la convicción que el ex fiscal general "o una persona de su entorno y con su conocimiento" filtró el correo del 2 de febrero de 2024 en el que González Amador admitía el fraude fiscal para llegar a un acuerdo con la Fiscalía y conseguir una rebaja en la petición de condena.
El Supremo también le condenó por la nota informativa que difundió el 14 de marzo del pasado año la Fiscalía sacando a la luz esas negociaciones entre la defensa del empresario y el fiscal del caso, Julián Salto, una nota en cuya elaboración el ex fiscal general admitió su intervención directa. Según la Sala, sobre García Ortiz pesaba en razón de su cargo un "reforzado deber de reserva" que quebrantó sin justificación.
Los magistrados apreciaron "un cuadro probatorio sólido, coherente y concluyente" contra el acusado por una serie de indicios que consideraron determinantes para su culpabilidad, desde "el acceso singular a la documentación" a "la secuencia temporal de comunicaciones" o "la urgencia mostrada en la obtención de los correos, la llamada del periodista" (que difundió la existencia de ese correo), "el posterior borrado de los registros" y "los recelos expresados por sus subordinadas sobre la filtración" (sobre todo la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra).
Para el Supremo "ninguna otra persona distinta" al abogado de González Amador, al fiscal Julián Salto, a la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, y al propio fiscal general y su entorno "pudieron participar en la filtración".
González Amador pidió 300.000 euros
La Sala rebajó de 300.000 a 10.000 euros la petición de indemnización por daños morales que reclamaba García Ortiz al considerar "exagerada" la cifra solicitada. Para los magistrados, esos daños morales -a consecuencia de que se señalara al empresario, incluso desde el Gobierno, como un defraudador confeso- no solo fueron achacables a la actuación de García Ortiz con la filtración del correo de su confesión y la divulgación de la nota de la Fiscalía.
El Supremo también rechazó que -como mantenía la acusación particular- la difusión de su confesión le prive de su derecho a un juicio justo, vulnerando su derecho de defensa.
"Los perjuicios morales en la reputación y en la fama no enlazan ni única ni primordialmente con la actuación del acusado", sostiene en la sentencia la Sala, que los atribuía "principalmente" a la existencia de un proceso penal por fraude fiscal contra él "con el inevitable perjuicio que ello comporta" y al "conocimiento público" de ese proceso.