El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda citar a declarar como investigadas a 18 personas, entre ellas el exconsejero de Innovación de la Junta de Andalucía Francisco Vallejo y los exviceconsejeros de Innovación Jesús Rodríguez Román y de Empleo Agustín Barberá , en una pieza separada por la «indebida» concesión de una ayuda de 1,19 millones de euros en forma de aval por parte de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) a la sociedad Grupo TPM, Inversiones Plásticas TPM S.L. En un auto notificado esta semana a las partes personadas en el procedimiento, consultado por E. P., el magistrado atiende la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción en informe de fecha 18 de diciembre de 2020, prorroga durante otros seis meses el plazo de instrucción de la causa (hasta el 21 de junio) y cita a declarar a las 18 personas investigadas entre el 17 y 25 de febrero, en concreto a Vallejo el día 17, a Barberá el día 18 y a Rodríguez Román el día 25. El instructor acuerda librar oficio al actual director de la Agencia IDEA a fin de que, «a la mayor brevedad posible», facilite al Juzgado «toda la información y documentación de que disponga (peticiones de informes, borradores, comunicaciones, informes, acuerdos, memorandums, actas de reuniones, propuestas, correos electrónicos, notas, etc...) sobre la concesión» de una serie de ayudas a esta sociedad, en concreto dos incentivos directos por importes de 1.040.366 euros y 106.639 euros, respectivamente, y dos incentivos reembolsables por importes de 10.159.820 euros y 903.717 euros. También le pide que emita un informe sobre si ambas ayudas «han sido efectivamente abonadas por IDEA ; incluyendo documentación justificativa«. En el auto difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado acuerda también librar oficio a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para que, conforme a lo solicitado por la Fiscalía, amplíe atestado «practicando las diligencias pertinentes en orden a identificar a los directivos, responsables y/o representantes» del Grupo TPM «que habrían podido tener participación en la concesión, desarrollo, seguimiento y ejecución irregulares del aval, por importe de 1.190.000 euros, concedido por los responsables de la Agencia IDEA en favor» de esta sociedad. El juez explica en el auto que, en este procedimiento, se investiga la presunta perpetración de delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, «sin perjuicio de posterior y definitiva calificación de los hechos», vinculados con la «indebida» concesión de ayudas en forma de avales a Grupo TPM «sin concurrencia o cumplimiento de los requisitos y presupuestos objetivos habilitantes para ello (situación de crisis de la empresa y previsión de su viabilidad futura), según los términos contenidos en la Orden de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de 5 de noviembre de 2008 -y órdenes sucesivas-, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Ayudas a Empresas Viables con dificultades coyunturales en Andalucía para los años 2008 y 2009 y demás normativa reguladora; así como la irregular concurrencia de aquéllas ayudas con otras sociolaborales o ayudas a empresas concedidas por la Dirección General de Trabajo y abonadas por la propia Agencia IDEA; habiéndose identificado hasta 19 empresas, además de Grupo TPM, en que concurriría dicha circunstancia». Al hilo de ello, el juez añade que, «según se deduciría de lo actuado, por parte de los responsables y personas vinculadas a la Agencia IDEA -o a la correspondiente Consejería de Adscripción- se habría utilizado de manera ilícita la figura de los avales (su concesión y ejecución), tanto de los denominados »propios o excepcionales« -no amparados en la Orden de 5 de noviembre de 2008-, como de los previstos y reglados como incentivos para empresas en crisis en la referida Orden -y sucesivas- como medio para hacer llegar fondos públicos a Grupo TPM de manera absolutamente injustificada y arbitraria« . En el caso de Grupo TPM, el magistrado considera que «sería posible deducir que en la concesión de tales ayudas en forma de avales habrían mediado razones, no de legalidad, sino de arbitrario voluntarismo; careciendo dicho otorgamiento de razones técnicas que permitieran, desde una perspectiva jurídica y financiera, justificar la concesión de estas ayudas, las cuales, en conjunción con el otorgamiento de otras -ayudas sociolaborales por parte de la Consejería de Empleo por importe de 1.500.000 euros con cargo a la partida 31-L-, habría de responder y determinar una ilícita y progresiva «inyección continuada» de fondos públicos en favor de la mercantil Grupo TPM conculcando la legalidad vigente«. A su juicio, «existirían indicios de la posible perpetración de delitos de prevaricación administrativa y malversación en relación a los hechos delictivos vinculados con la ilícita concesión de estas ayudas, en forma de avales, y de la irregular disposición de fondos públicos derivados de su ejecución en favor de Grupo TPM», ya que el instructor analiza el aval propio por importe de 1.190.000 euros concedido por IDEA a Grupo TPM en fecha 30 de septiembre de 2008, concedido «pese a que dicha empresa había sido previamente declarada en concurso voluntario de acreedores por medio de auto de 25 de enero de 2005».