La jueza del Tribunal de Instancia de Noia ha acordado el sobreseimiento definitivo de la investigación sobre el vertido de pellets de plástico que acabaron, en parte, en el litoral gallego después de que el buque Toconao perdiese seis contenedores a 80 kilómetros de Viana do Castelo (Portugal) en diciembre de 2023. Tras llevar a cabo las diligencias pertinentes y teniendo en cuenta las pruebas documentales, la instructora sostiene en el auto que « no se puede inferir la existencia de ilícito penal alguno , sin que se haya rebasado, en su caso, el ámbito de una posible infracción administrativa» respecto a la actuación del buque. En este sentido, la jueza argumenta que los resultados de los análisis realizados no contemplan una toxicidad o concentración de sustancias tóxicas en estos microplásticos que impliquen «un impacto significativo a medio o largo plazo ocasionado por el vertido de pellets en relación con el impacto del resto de microplásticos». Por ello, considera que no se ha producido una «infracción de las leyes y otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente» que justifiquen la vía penal. A propósito de la actuación del buque Toconao, el auto remite a los informes aportados por la Guardia Civil y el Seprona donde se justifica que las condiciones meteorológicas durante el momento en el que se produjo la pérdida de la carga y las actuaciones de la tripulación y capitán dadas las circunstancias de navegación fueron de acuerdo a lo establecido en los protocolos. «La caída por la borda de los seis contenedores fue consecuencia de un golpe al buque por el oleaje a su lado de babor, h abiéndose cumplido los protocolos de carga por parte de la empresa operadora, sin que se haya producido irregularidad alguna que hubiese ocasionado la caída de los contenedores», recoge el auto. Asimismo, la jueza también se refiere a la posible afección de espacios protegidos por la llegada de estos microplásticos a la costa gallega, citando los informes remitidos por la Xunta y la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado para concluir «que los escasos restos de pellets encontrados en las zonas protegidas no han producido daño en el ecosistema dunar de las lagunas de Corrubedo y lagunas de Carregal y Vixan, así como que tampoco se han producido daños que puedan haber perjudicado a la biodervisidad ni al ecosistema del Parque Nacional Marítimo Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia». El auto no es firme y cabe la posibilidad de presentar recurso ante la Audiencia Provincial de La Coruña.