La Comisión del accidente de Adamuz ofrecerá su informe a los afectados para que aporten datos
- Implicados que deben ser informados según el Real Decreto 623/2014
- Informe definitivo: publicación y plazo máximo de un año
- Pruebas y factores que analizará la Comisión
Implicados que deben ser informados según el Real Decreto 623/2014
La norma establece que este organismo debe informar de las pesquisas a las víctimas y sus familiares, representantes del personal, representantes de los usuarios, propietarios de bienes dañados, fabricantes, servicios de socorro, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea, el administrador de la infraestructura y la empresa ferroviaria.
Todas las partes que lo deseen tienen 21 días para rellenar este formulario. Eso les dará derecho a que la Comisión les mantenga informados y recibir un borrador final de la investigación con el fin de que añadan entonces todos los datos relevantes que consideren oportunos para esclarecer qué pudo provocar el choque del tren Alvia en sentido Atocha (Madrid) con los vagones descarrilados del vehículo Iryo.
Exactamente, el artículo 15.2 de la ley establece que “el Secretario de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios trasladará” a todos los implicados antes mencionados “la propuesta de informe técnico, para que, en su caso, faciliten información técnica pertinente para mejorar la calidad del informe de investigación, en el plazo de 15 días”. El formulario exige nombre y apellidos, relación con el suceso, un correo electrónico y una caja de texto para escribir peticiones.
Informe definitivo: publicación y plazo máximo de un año
Una vez recabada la información de estas partes, se publicará el informe definitivo que concluirá cuáles fueron los factores que provocaron el accidente. La Comisión tiene un margen de un año para elaborarlo y emitirlo, aunque se espera que el informe esté listo antes de dicho plazo.
Eso sí. El propio texto advierte de que su función se aleja mucho de establecer culpas: “El informe técnico y sus recomendaciones no prejuzgarán en ningún caso la decisión que pueda recaer en vía judicial, y no perseguirán la evaluación de responsabilidades, ni la determinación de culpabilidades”.
Pruebas y factores que analizará la Comisión
La función del organismo se limita a estudiar todas las pruebas y tratar de concluir qué ha fallado. “Deberá incluir (...) los análisis y las conclusiones relacionados con las causas de las incidencias” y factores que han podido ser clave como “las acciones de las personas implicadas”; “la condición del material rodante o de las instalaciones técnicas”; “sus competencias y procedimientos y mantenimiento”; “las condiciones del marco normativo”; y “la aplicación del sistema de gestión de seguridad”.