JNE declaró fundada la apelación de Perú Primero y habilitó a Mario Vizcarra para postular al Senado
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación presentada por el partido Perú Primero contra la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2, y, en consecuencia, habilitó la postulación de Mario Vizcarra como candidato al Senado de la República en las Elecciones Generales 2026.
Además de la decisión sobre la situación de Vizcarra, el pleno del JNE estableció un criterio general que podría repercutir en futuros casos similares pues las personas sentenciadas que ya han sido rehabilitadas podrán postular a cargos de elección popular siempre que hayan transcurrido al menos 10 años desde el cumplimiento íntegro de su condena y el pago total de la reparación civil impuesta.
Aunque el exministro de Justicia y especialista en materia electoral, José Tello, sostuvo para este medio que tanto el Tribunal Constitucional como el Jurado Nacional de Elecciones se “están extralimitando en la aplicación de la ley”. Señaló que, aunque ambas entidades pueden formular observaciones sobre cómo se aplica la Ley 307171, la potestad de legislar recae finalmente en el Congreso.
Cabe recordar que según la Resolución N. 00168-2026-JEE-LIC2/JNE, la exclusión se fundamentaba en que Vizcarra registra una sentencia condenatoria firme por el delito de peculado. Ante esto, el organismo electoral determinó que esta situación constituye un impedimento que no se puede subsanar de acuerdo con el artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 34 - A de la Constitución Política, los cuales prohíben la postulación de personas condenadas por delitos de corrupción de funcionarios, incluso si ya han sido rehabilitadas.
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Mario Vizcarra también continúa en carrera presidencial
Mario Vizcarra sigue en carrera para las Elecciones 2026. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación presentada por el partido Perú Primero contra las tres tachas interpuestas a la candidatura de Vizcarra como aspirante a la Presidencia.
La decisión se adoptó pese a que el hermano del expresidente sentenciado Martín Vizcarra consignó en su hoja de vida una condena por peculado en 2005. Aunque obtuvo la rehabilitación, los ciudadanos que presentaron las tachas invocaron la Ley 30717, norma que impide a los excondenados por este delito postular a un cargo público, incluso si fueron rehabilitados. No obstante, el JNE rechazó estos argumentos.
En su defensa, la organización política citó diversas sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que declararon inconstitucional la expresión “aun cuando se hayan rehabilitado”. Además, recordó que, en una demanda de inconstitucionalidad, el TC sostuvo que ex condenados por terrorismo que ya cuentan con rehabilitación pueden postular, pese a tratarse de un delito de mayor gravedad.