El Supremo rechaza anular la condena a García Ortiz y niega vulneración de derechos
El Tribunal Supremo ha rechazado los incidentes de nulidad interpuestos por la Abogacía General del Estado (en nombre del ex fiscal general Álvaro García Ortiz) y de la Fiscalía, contra su condena por un delito de revelación de secretos. Los magistrados de la Sala Segunda descartan que el fallo, que acarreó dos años de inhabilitación, descartan que se vulneraran, entre otros, su derecho a la tutela judicial efectiva o a la presunción de inocencia.
El rechazo a los incidentes de nulidad planteados contra su condena abren la puerta a que el antecesor de Teresa Peramato acuda al Tribunal Constitucional, donde podría interponer recurso de amparo. Con todo, el auto cuenta con el voto particular de la magistrada Susana Polo (al que se adhiere Ana Ferrer) y que reitera, al igual que hicieran en los votos del fallo, que la vista no arrojó indicios suficientes como para condenar a García Ortiz por la filtración de los correos de la pareja de Isabel Díaz Ayuso.
Los cinco magistrados restantes consideran que no hay motivos para revocar la condena al ex fiscal general del Estado y precisan, además, que un incidente de nulidad no puede convertirse en un "recurso" frente a la sentencia dictada ni tampoco en una "oportunidad para contraargumentar" frente a ella. Partiendo de esa base, desestiman la presunta vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, del principio acusatorio o del derecho a la legalidad penal.