Los únicos pasos que el INMIGRANTE debe seguir para pagar los FORMULARIOS de USCIS en EE. UU. y en el extranjero
Los trámites migratorios en Estados Unidos, como las solicitudes de ciudadanía o residencia permanente, se gestionan a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). Los solicitantes pueden completar estos formularios y enviarlos por correo postal o a través de la plataforma en línea de USCIS. Cada trámite tiene una tarifa correspondiente, que puede abonarse tanto dentro como fuera del país, aunque los métodos de pago varían según la ubicación del solicitante.
Para aquellos que residen en el extranjero, es necesario revisar los métodos de pago aceptados en la embajada o consulado de Estados Unidos en su país. A continuación, se detallan los métodos de pago según la ubicación del solicitante.
Opciones de pago para formularios de USCIS en Estados Unidos
Para los solicitantes que presentan sus formularios desde Estados Unidos, existen dos métodos principales para realizar el pago de tarifas, incluidas las de datos biométricos (si son necesarias):
- En línea: Con tarjeta de crédito o mediante retiro bancario, a través de la plataforma en línea de USCIS.
- Por correo postal: Mediante tarjeta de crédito, cheque o giro postal.
Opciones de pago para solicitantes de USCIS fuera de EE. UU.
Para los solicitantes que se encuentran fuera de Estados Unidos, es crucial verificar si el trámite puede presentarse en una oficina internacional de USCIS. No todas las formas de pago son aceptadas en el extranjero, por lo que USCIS recomienda ponerse en contacto con la embajada o consulado estadounidense correspondiente para recibir instrucciones sobre las opciones disponibles y los métodos específicos de pago.
¿En qué ocasión USCIS no cobra por un formulario en Estados Unidos?
USCIS exime el pago de tarifas para ciertos formularios y solicitantes en casos específicos. Estas exenciones suelen aplicarse en situaciones donde los solicitantes cumplen con criterios de elegibilidad o circunstancias particulares. A continuación, se detallan algunos casos comunes en los que USCIS no cobra por un formulario:
- Exenciones por situación económica: Solicitantes que demuestran dificultades financieras pueden ser elegibles para la exención de tarifas en algunos formularios, como el Formulario I-912 para la solicitud de exención.
- Casos humanitarios y de refugiados: Las tarifas suelen ser eximidas para refugiados, asilados y personas en situaciones humanitarias, como quienes presentan el Formulario I-485 para ajuste de estatus en estos contextos.
- Solicitantes de programas específicos: Programas como DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) pueden permitir exenciones parciales o totales de tarifas en circunstancias especiales, aunque algunas tarifas aún pueden aplicarse.
- Trámites de naturalización para ciertos militares: USCIS exime las tarifas para ciertos formularios de naturalización de miembros activos de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad establecidos.
- Peticiones de violencia doméstica: Los solicitantes que presentan el Formulario I-360 bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) también pueden ser elegibles para exención de tarifas.