Indecopi impone multa de más de S/ 400.000 a municipio por operar grifo sin autorización legal
Indecopi impuso una multa de 75.45 UIT (S/ 414.975) a la Municipalidad Provincial de Ilo por permitir la operación de un grifo municipal en la Pampa Inalámbrica. La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) concluyó que el municipio incurrió en actividad empresarial, vulnerando el artículo 60 de la Constitución. La resolución N.º 265-2025/SDC-INDECOPI ratifica que la comuna comercializó combustibles líquidos sin cumplir las autorizaciones legales.
La actividad empresarial como motivo principal que se le ha sancionado a la Municipalidad Provincial de Ilo
La decisión de imponer la sanción a la Municipalidad Provincial de Ilo se sustentó en la falta de autorización legal para operar el grifo municipal y en la realización de actos de competencia desleal. Según Indecopi, la comuna incumplió el artículo 60 de la Constitución, que limita la actividad empresarial del Estado a un rol subsidiario, aplicable solo cuando el sector privado no puede brindar el servicio. Además, la norma establece que dicha participación debe contar con una ley expresa aprobada por el Congreso, condición que no se cumplió en este caso.
Durante el procedimiento se determinó que la Municipalidad Provincial de Ilo participaba en el mercado como un operador más, al comercializar combustibles a terceros sin contar con una ley que la habilitara para desarrollar dicha actividad empresarial. Ante ello, el organismo actuó conforme a lo establecido en la Constitución, determinando la responsabilidad del municipio por la venta ilegal del producto.
La ratificación de la multa de Indecopi a la Municipalidad Provincial de Ilo
Pese a los intentos de la Municipalidad Provincial de Ilo por apelar la decisión, Indecopi ratificó la medida correctiva que ordena el cese inmediato de la venta de combustibles y de cualquier acto que implique retomar la actividad empresarial del grifo municipal. Asimismo, la entidad dispuso la inscripción del municipio en el Registro de Infractores, medida que deberá cumplirse en un plazo no mayor a cinco días hábiles.