La deducción que casi nadie aplica: Hacienda permite ahorrar hasta 2.550 euros si convives con un mayor de 65 años
Las deducciones fiscales permiten a los contribuyentes restar determinadas cantidades del resultado final de su declaración de la Renta, reduciendo el importe a pagar o aumentando la devolución. Además de las deducciones estatales, cada comunidad autónoma aplica sus propios beneficios fiscales, lo que puede rebajar de forma notable la factura tributaria de millones de españoles.
El cuidado de las personas mayores de 65 años sigue recayendo mayoritariamente en el entorno familiar, según los últimos datos del Imserso. Por ello, para aliviar la carga económica que esta responsabilidad supone, existe una deducción en el IRPF que permite restar entre 1.150 y 2.550 euros al año por cada mayor que conviva en el hogar familiar.
La deducción base es de 1.150 euros anuales por cada ascendiente que cumpla los requisitos. Esta cuantía aumenta de forma notable cuando la persona a cargo supera los 75 años, ya que se suma un complemento de 1.400 euros adicionales. En total, la desgravación puede alcanzar los 2.550 euros por cada ascendiente a cargo.
Requisitos para acceder a esta ayuda
Para poder acceder a esta reducción del impuesto no solo basta con la convivencia, sino que es imprescindible cumplir una serie de requisitos. El familiar a cargo debe ser mayor de 65 años o tener una discapacidad mínima del 33%.
La normativa contempla también ayudas fiscales complementarias para quienes conviven con personas con discapacidad. La deducción varía en función del grado reconocido: hasta 3.000 euros si la discapacidad está entre el 33% y el 64%, y hasta 9.000 euros si alcanza el 65% o más.
También existen límites económicos: los ingresos anuales del ascendiente no pueden superar los 8.000 euros brutos —sin contar rentas exentas— y, si presenta declaración de la Renta, sus rendimientos sujetos a tributación no deben exceder los 1.800 euros.
Otro de los requisitos es que será necesario compartir domicilio la mayor parte del año —al menos seis meses— y no haber percibido ayudas incompatibles con esta deducción. Cada caso se estudia de manera individual, verificando los requisitos de convivencia y parentesco.
Esta deducción se aplica directamente al presentar la declaración de la Renta del ejercicio en el que se hayan cumplido los requisitos de convivencia y límites de ingresos. Si durante la mayor parte del año se ha convivido con un ascendiente mayor de 65 años y se respetan las condiciones legales, el contribuyente puede aplicarla en ese mismo periodo fiscal. La Agencia Tributaria se encarga de verificar el cumplimiento de todos los requisitos y, en los hogares donde conviven varios ascendientes que reúnan las condiciones, la deducción puede aplicarse por cada uno de ellos dentro de los límites establecidos.