Nueva prórroga del alquiler: cómo pueden los inquilinos blindar su renta hasta 2027 pese a la escalada de precios
Más de 630.000 contratos de alquiler expirarán este año en España, lo que obligará a propietarios e inquilinos a renegociar las condiciones en un contexto de subida de precios. La renovación de estos contratos se traducirá, en muchos casos, en alquileres más caros, una situación que afecta a cerca de 1,6 millones de personas, especialmente en las zonas con el mercado más tensionado.
Ante este escenario, los inquilinos con contratos de alquiler próximos a expirar cuentan desde ahora con un nuevo margen de protección frente a la escalada de precios. La organización Facua ha recordado que quienes tengan contratos que finalicen antes del 31 de diciembre de 2027 pueden solicitar una prórroga automática de hasta dos años, manteniendo las mismas condiciones actuales.
Esta medida se recoge en el Real Decreto-ley 8/2026, en vigor desde el pasado 22 de marzo, aprobado por el Gobierno para contener el encarecimiento del alquiler derivado, entre otros factores, del impacto económico del conflicto en Oriente Medio, con el fin de aportar "estabilidad y seguridad económica a las familias". El texto establece que dicha prórroga "deberá ser aceptada obligatoriamente por el arrendador", salvo en los supuestos contemplados por la ley.
No obstante, la norma tiene carácter provisional. El decreto deberá ser convalidado en el Congreso de los Diputados, previsiblemente a finales de abril. Hasta entonces, sus efectos se aplican a todos los contratos de alquiler de larga duración que expiren entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
La regulación excluye expresamente a los alquileres de temporada, los arrendamientos por habitaciones y aquellos casos en los que el propietario necesite la vivienda para uso propio. Tampoco será aplicable si ambas partes acuerdan firmar un nuevo contrato.
En paralelo, el decreto introduce límites a la actualización anual de las rentas. Para los contratos firmados antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda —el 26 de mayo de 2023— se establece un tope del 2% en las subidas, con el objetivo de proteger a los inquilinos frente a incrementos ligados al IPC. Este límite extraordinario se mantendrá hasta finales de 2027.
En el caso de los grandes tenedores, la aplicación de este tope será obligatoria. Para los pequeños propietarios, el incremento de la renta dependerá del acuerdo entre las partes: "En ausencia de este nuevo pacto, el incremento de la renta a aplicar no podrá ser superior al 2%".
¿Cómo se debe pedir la prórroga?
La iniciativa de solicitar la prórroga corresponde al inquilino, que deberá hacerlo por escrito mediante canales que dejen constancia, como burofax o correo electrónico certificado. La asociación recomienda realizar este trámite con antelación suficiente para evitar conflictos con el arrendador. Asimismo, la organización ofrece asesoramiento a través de sus oficinas en distintas comunidades autónomas y mediante atención telefónica (688 954 954).