Sala Constitucional da curso a acción presentada por abogado sancarleño contra decreto de secreto de Estado
La Sala Constitucional dio curso a la acción de inconstitucionalidad presentada por un abogado de San Carlos, Douglas Murillo, contra el Decreto Ejecutivo que declaró secreto de Estado numerosa información relacionada con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS)y el grupo de trabajo Fuerza Élite.
La pretensión principal del recurso del defensor es la declaratoria de insconstitucionalidad y anulación de la totalidad de los artículos 1-5 del Decreto Ejecutivo 45870-MSP.
Entre los argumentos presentados en el recurso, el abogado señaló que el Poder Ejecutivo limitó de manera general el derecho fundamental de acceso a la información pública (artículo 30 de la Constitución Política) a través de un reglamento, lo cual requiere de una ley previa y formal.
El artículo 2 del decreto utiliza la frase “incluyen, pero no se limita a” para detallar qué información queda clasificada bajo el Secreto de Estado. Según el abogado, esto genera una “opacidad autorreferente” donde el ciudadano no puede saber qué información es realmente secreta
Murillo indicó que cuestiona, lo que para él, es una violación al derecho que tienen los costarricenses de libre acceso a la información pública y la vigilancia sobre el buen manejo del gasto público.
El abogado aclaró que no está cuestionando las acciones u operaciones policiales que vaya a llevar a cabo la Fuerza Élite para combatir la criminalidad.
“Me parece inaceptable en un estado derecho, la pretensión del gobierno de ocultar bajo una figura de secreto de Estado todo lo relacionado con presupuestos, partidas, contrataciones y el uso de de fondos públicos destinados a poner en marcha esta unidad de Fuerza élite”, manifestó Murillo.
La Sala Constitucional señaló que admitió 3 acciones de inconstitucionalidad que serán tramitadas en el mismo expediente por cuestionar la normativa sobre el secreto de estado.
La entidad destacó en el texto (el que brinda curso al recurso interpuesto por el abogado), que la interposición de una acción de inconstitucionalidad no suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas.
Un marco de reserva amplio
El decreto definió un amplio margen de elementos sujetos al secreto de Estado.
En los documentos declarados, se incluyen “pero no se limitan” a los relacionado con las formas de operación de la delincuencia organizada y las dinámicas policiales de prospección y despliegue, así como las capacidades operativas, los procedimientos especiales, los planes de respuesta, las estructuras de mando, los protocolos de intervención, los recursos tecnológicos y los mecanismos de inteligencia.
Además, incluye:
- La coordinación interinstitucional
- Las bitácoras de acuerdos
- Las presentaciones sobre diversas estrategias de acción policial
- Las gestiones de control
- Los protocolos de evaluación de confiabilidad y sus resultados
- Los planes de protección a funcionarios
- Las partidas, rubros de gastos y presupuestos
- Totalidad de las actuaciones y expedientes administrativos
- Estudios previos
- Requerimientos técnicos
- Ofertas
- Adjudicaciones
- Financiamientos
- Contratos
Asimismo, abarca fases de ejecución de los procedimientos de contratación pública que se promuevan o ejecuten para el uso o en beneficio de los fines del Consejo, la DIS y la “Fuerza Élite”, así como las sesiones, reuniones, grabaciones, planes y acuerdos concretos generados en su seno.
En esa misma línea, el decreto declara secreto de Estado cualquier acción u operación relacionada con la seguridad y defensa nacionales que ordene o coordine la Presidencia de la República con el respectivo ministro del ramo o cualquier otro actor involucrado.
La declaratoria de secreto de Estado y la restricción absoluta de acceso regirán con independencia de que las contrataciones se realicen con instituciones del Estado, entes públicos no estatales, consorcios o entidades privadas, nacionales o extranjeras. El decreto establece, además, la prohibición de divulgar esta información.
Cualquier persona vinculada a los temas declarados secretos de Estado está obligada a guardar absoluta confidencialidad y privacidad de los asuntos que ahí se discutan o que de forma directa o indirecta puedan percibir y conocer con ocasión de su participación.
Según el decreto, a quien incumpla lo dispuesto se le aplicarán los procedimientos y las sanciones correspondientes al quebrantamiento del secreto de Estado, así como la finalización de la relación contractual de pleno derecho y sin responsabilidad para la Administración Pública.
Se declaró también como secreto de Estado la articulación institucional derivada del Decreto Ejecutivo 39449-MPSP, Reglamento sobre la Protección de los Jerarcas del Poder Ejecutivo y Dignatarios.
La Fuerza Élite está conformada por Fernández y otros altos jerarcas del Estado, como los ministros de Seguridad y Justicia, que se reúnen cada lunes.
Según el texto de la norma, la declaratoria responde al riesgo que representan estructuras criminales ligadas al narcotráfico, el sicariato y el lavado de dinero.
El gobierno argumentó que divulgar estos datos revelaría vulnerabilidades institucionales y pondría en peligro la vida de funcionarios y sus familias.
La declaratoria fue emitida en el decreto 45870, publicado en La Gaceta el lunes 10 de agosto. Además, fue firmada por el ministro de Seguridad, Gerald Campos.