Los madrileños podrán entrar y salir de la región a partir de esta medianoche
La medida se adoptó con el fin de contener los contagios que podrían incrementarse con motivo de la excesiva movilidad que podría producirse durante un puente prenavideño en el que la movilidad llega a triplicarse con respecto a otros días festivos y puentes, según indicaron los responsables de la Consejería de Sanidad para justificar la duración de la medida, que además presentaron como «un último esfuerzo» de cara a llegar en las mejores condiciones posibles a la Navidad.
Tradicionalmente, en el puente de diciembre Madrid recibe una gran cantidad de visitantes de otras partes de España. Este año, del 4 al 14 de diciembre la entrada y salida de la región se ha restringido a aquellos desplazamientos, «adecuadamente justificados», que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelasde educación infantil y retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
Asimismo, la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables, y la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. También se autorizaban por «causa de fuerza mayor o situación de necesidad» o «cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada».
Aunque el Gobierno regional no se planteaba volver a cerrar la región coincidiendo con las celebraciones navideñas, el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) sobre medidas comunes de cara a la Navidad señala que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero las comunidades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos, «así como para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados».

